BONO ALQUILER JOVEN

BONO ALQUILER JOVEN 

OBJETIVO: Impulsar el acceso de los jóvenes a la vivienda en alquiler.


PLAZO DE PRESENTACIÓN: 28/02/2025 – 28/03/2025

IMPORTE DE LA AYUDA: 250 €uros mensuales

La ayuda se concederá a las personas beneficiarias por el plazo de dos años

REQUISITOS

  • Tener menos de 36 años
  • Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la UE.
  • En el caso de personas extranjeras no comunitarias deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos (trabajadores por cuenta propia o ajena)
  • Renta igual o inferior a 3 veces IPREM. (Para la determinación de los ingresos de partirá de la cuantía de la base imponible general del ahorro del IRPF correspondiente al ejercicio económico 2023.
  • Estar empadronado en la vivienda.
  • Cuando en la misma vivienda convivan dos o más personas jóvenes, cada una de ellas podrá ser beneficiaria si cumplen los requisitos establecidos en este ordinal.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

El precio del contrato de alquiler no puede superar estos importes:

ZONA TERRITORIAL

IMPORTE DE LA RENTA MENSUAL DEL ALQUILER

MUNICIPIOS

Precio máximo superior 700 A Coruña, Santiago de Compostela, Vigo, Ourense y Pontevedra
Municipios de zona territorial 1 600

Ames, Arteixo, Cambre, Carballo, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros y Ribeira.

Lugo

A Estrada, Cangas, Lalín, Marín, O Porriño, Ponteareas, Redondela y Vilagarcía de Arousa.

Municipios de zona territorial 1 500

Ares, As Pontes de García Rodríguez, Betanzos, Boiro, Cedeira, Cee, Fene, Melide, Mugardos, Neda, Noia, Ordes, Oroso, Padrón, Pontedeume, Sada y Teo.

Burela, Cervo, Chantada, Foz, Monforte de Lemos, Ribadeo, Sarria, Vilalba y Viveiro.

Allariz, A Rúa, O Barco de Valdeorras, O Carballiño, Celanova, Ribadavia, Verín y Xinzo de Limia.

Baiona, Bueu, Cambados, Gondomar, O Grove, A Illa de Arousa, Moaña, Mos, Nigrán, Poio, Pontecesures, Sanxenxo, Tui y Vilanova de Arousa.

Municipios de zona territorial 2 400 El resto de municipios de Galicia.

En esta renta o precio no se incluye el importe que pueda corresponder a gastos de comunidad y/o anexos, tales como plazas de garaje, trasteros o similares. 

En el caso del alquiler de habitación, la renta o precio no podrá superar el equivalente a la mitad del importe previsto para la renta mensual.


DOCUMENTACION:

  • Contrato de alquiler de vivienda o habitación 
  • Referencia catastral de la vivienda, en caso de que no figure en el contrato. 
  • Documento firmado por la persona arrendadora en el que conste el importe de la renta individualizado, en caso de que estén incluidos los gastos de comunidad y/o anexos, como garajes o trasteros, cuyo importe no estuviese desglosado. 
  • En el caso de no disponer de contrato, compromiso firmado por la persona arrendadora y arrendataria/s de la formalización en el que consten los siguientes datos: 

– El importe de la renta o precio de la cesión individualizado, sin incluir los anexos de la vivienda y gastos de comunidad.

– El municipio donde se localice la vivienda. 

– La referencia catastral de la vivienda. 

– Las personas arrendatarias que suscribirán dicho contrato. 

– La fecha de efectos económicos del contrato

  • Certificado o volante de empadronamiento colectivo 
  • Contrato de trabajo por cuenta ajena o certificado acreditativo de la percepción de una prestación social pública de carácter periódico 
  • Certificado de retribuciones y retenciones de la empresa o empresas en las cuales estuviese de alta en el 2023. 
  • Extracto o certificado bancario acreditativo del pago de la renta de las mensualidades anteriores a la presentación de la solicitud.

 



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