CONVOCATORIA AYUDAS PARA ACTUACIONES DE MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS Y DE RESTAURACIÓN

DIRIGIDO A   PERSONAS FISICAS Y JURÍDICAS:

  • Establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías y bares.
  • Que tengan autorizado o clasificado el establecimiento en el Registro de empresa y actividades turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).
  • 5 años de antigüedad en la realización efectiva de la actividad empresarial desde la fecha de inscripción en el REAT.
  • Se debe acreditar la titularidad del inmueble o cualquier otro derecho que acredite la explotación del establecimiento durante los cinco años siguientes a la liquidación de la subvención.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  • Actuaciones que se inicien a partir del 1 de enero de 2020.
  • Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidade y supresión de barreras arquitectónicas.
  • Obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad, en especial la Q de calidad turística.
  • Actuaciones destinadas a la adaptación a las modificaciones normativas y a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.
  • Actuaciones de renovación y modernización de las instalaciones y embellecimiento del entorno.
  • Equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento.
  • Actuaciones de mejora de climatización que favorezcan la sustentabilidad con la implantación de medidas de ahorro energético.

La inversión máxima admitida será de hasta 100.000 €uros.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Gastos de obra y gastos de servicios profesionales vinculados al proyecto , honorarios técnicos de redacción del proyecto  y dirección de obra (máximo 6% de la inversión total). No se subvencionan  los gastos corrientes y material no inventariable (vajillas, cristalerías,…), seguros, las obras de mantenimiento, pintura, arreglos de carpintería,… .

SUBVENCIÓN

Entre un 25% y hasta un 35% del gasto subvencionable. Esta ayuda está sujeta  a concurrencia competitiva por lo que se concederá de acuerdo con la puntuación obtenida según los criterios de valoración, y las solicitudes con una puntuación inferior a 20 puntos no podrán obtener subvención.

PLAZO: Hasta 30/12/2019 

 

Para más información puede consultar el siguiente enlace web:

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20191128/AnuncioG0256-191119-0001_es.pdf

 



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