CONVOCATORIA AYUDAS PARA ACTUACIONES DE MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS Y DE RESTAURACIÓN
DIRIGIDO A PERSONAS FISICAS Y JURÍDICAS:
- Establecimientos hoteleros, restaurantes, cafeterías y bares.
- Que tengan autorizado o clasificado el establecimiento en el Registro de empresa y actividades turísticas de la Xunta de Galicia (REAT).
- 5 años de antigüedad en la realización efectiva de la actividad empresarial desde la fecha de inscripción en el REAT.
- Se debe acreditar la titularidad del inmueble o cualquier otro derecho que acredite la explotación del establecimiento durante los cinco años siguientes a la liquidación de la subvención.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
- Actuaciones que se inicien a partir del 1 de enero de 2020.
- Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidade y supresión de barreras arquitectónicas.
- Obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad, en especial la Q de calidad turística.
- Actuaciones destinadas a la adaptación a las modificaciones normativas y a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.
- Actuaciones de renovación y modernización de las instalaciones y embellecimiento del entorno.
- Equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento.
- Actuaciones de mejora de climatización que favorezcan la sustentabilidad con la implantación de medidas de ahorro energético.
La inversión máxima admitida será de hasta 100.000 €uros.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Gastos de obra y gastos de servicios profesionales vinculados al proyecto , honorarios técnicos de redacción del proyecto y dirección de obra (máximo 6% de la inversión total). No se subvencionan los gastos corrientes y material no inventariable (vajillas, cristalerías,…), seguros, las obras de mantenimiento, pintura, arreglos de carpintería,… .
SUBVENCIÓN
Entre un 25% y hasta un 35% del gasto subvencionable. Esta ayuda está sujeta a concurrencia competitiva por lo que se concederá de acuerdo con la puntuación obtenida según los criterios de valoración, y las solicitudes con una puntuación inferior a 20 puntos no podrán obtener subvención.
PLAZO: Hasta 30/12/2019
Para más información puede consultar el siguiente enlace web:
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20191128/AnuncioG0256-191119-0001_es.pdf