MEDIDAS URGENTES REAL DECRETO-LEY 6/2022

 

MEDIDAS URGENTES

 Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Fiscalidad

Dentro de estas medidas de apoyo, a efectos tributarios, se establece lo siguiente:

  1. Se prorroga hasta el 30-6-2022, la aplicación en IVA del tipo reducido del 10% a los consumos eléctricos de los consumidores.
  2. Se prorroga hasta el 30-6-2022 el tipo mínimo del 0,5% en el Impuesto Especial sobre la Electricidad y se amplía la suspensión temporal del Impuesto del Valor de la Producción de Energía Eléctrica al segundo trimestre del año 2022.
  3. La devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional pasa de ser trimestral a mensual. La solicitud de devolución debe ser presentada durante el mes natural siguiente a la finalización del mes sobre el que se solicita la devolución.

 

Laboral

En materia socio-laboral se adoptan las siguientes medidas que entran en vigor el 31-3-2022:

En aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente Real – Decreto-Ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida.

Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos regulados en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

 

Transporte

Bonificación en carburantes

Las personas  y  entidades  que  adquieran productos energéticos y aditivos (gasolina, gasóleo, bioetanol, biodiesel…) entre 1-4-2022  y  30-6-2022, serán beneficiarios de una bonificación de 0,20 euros sobre el precio de venta al público.

Si los productos son adquiridos a operadores sujetos a la prestación patrimonial de carácter público no tributario, la bonificación será de 0,15 euros por litro o por kilogramo, llegando con el correspondiente descuento a un mínimo de 0,20 euros por litro o por kilogramo en total.

Ayudas directas

Se establece un sistema de ayudas directas para la concesión de apoyo financiero a empresas privadas y trabajadores autónomos titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE, atendiendo al número y tipología de vehículo adscritos a la autorización y que a 29-3-2022, se encuentren de alta en el Registro de Empresas  y  Actividades  de  Transporte. La solicitud de ayuda debe presentarse antes de 30-4-2022.

El importe de las mismas se establece en las siguientes cuantías, con el límite de 400.000 euros por empresa.

Vehículo

 

Importe
(euros
)

Mercancías pesado. Camión. MDPE

1.250

Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE

500

Autobús. VDE

950

Taxis. VT.

300

Vehículo alquiler con conductor. VTC

300

 

Aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social

Se establece la posibilidad de solicitar aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta para las empresas y trabajadores autónomos pertenecientes al sector del transporte (CNAE 4931, 4932, 4939, 4941 y 4942) podrán solicitar aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, siempre no tengan otro aplazamiento en vigor.

Las cuotas aplazables son para las empresas serán las devengadas entre los meses de abril a julio de 2022; para los autónomos, las devengadas entre mayo y agosto de 2022.

Se aplica un interés reducido del 0,5% (en lugar del 3,75%).

El plazo de amortización es de 4 meses por cada mensualidad solicitada sin que pueda exceder en total de 16 mensualidades.

 

Sector marítimo-pesquero

 

Ayudas directas

Se concederán ayudas directas a empresas armadoras de buques pesqueros, en función de los tramos de capacidad medidos por los GT de cada buque, según la siguiente tabla:

 

Grupo GT

Cuantía (€/buque)

Menos 25

1.550,52

Entre 25 y 49

2.455,10

Entre 50 y 99

4.414,61

Entre 100 y 249

6.873,87

Entre 250 a 499

8.387,57

Entre 500 a 749

13.300,00

Entre 750 a 999

18.307,69

Entre 1.000 a 1.249

21.291,67

Entre 1.250 a 1.499

25.000,00

Entre 1.500 y 2.499

27.794,12

Desde 2.500

35.000,00

Asimismo, se concederá una ayuda para cubrir los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción de cada buque que hayan sido asumidos por los armadores de los buques durante el periodo comprendido entre el  24-2-2022 y 30-6-2022.

 

Aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social

Se establece el aplazamiento en el pago de las cuotas del Régimen especial de Trabajadores del Mar  (RETM) devengadas entre los meses de marzo a junio de 2022.

 

Sector agrario-ganadero

Productores de leche

Se concederán ayudas directas a los titulares de explotaciones de producción de leche, en compensación por el incremento de costes provocados por el aumento del precio de la electricidad, los piensos de alimentación animal y los combustibles, en los siguientes importes:

Producción de leche de vaca

Euros

Hasta máx.40 animales por beneficiario

210 €/animal

De 41 a 180 animales

140 €/animal

Más de 180 animales

100 €/animal

Producción de leche de oveja

15 €/animal

Producción de leche de cabra

10 €/animal

El importe máximo a percibir por empresa no podrá superar los 35.000 euros.

 

Sector agrario

Se amplía en un mes el aplazamiento de cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta para las empresas y trabajadores autónomos pertenecientes al sector agrario. De este modo las cuotas aplazables son las siguientes:

  • Empresas: las devengadas entre los meses de marzo a junio de 2022.
  • Trabajadores autónomos: las devengadas entre los meses de abril a julio de 2022.

 

Otras medidas

 

Avales (empresas y autónomos)

Con el fin de paliar las tensiones de liquidez generadas por el incremento de los precios de la energía y de otras materias primas, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará, hasta 31-12-2022, avales a la financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico, y entidades de pagos a empresas y autónomos para atender necesidades de liquidez o de inversión.

 

Comercio minorista

Se permite que los establecimientos comerciales limiten la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador, con el fin de impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas.

 

Arrendamientos

Hasta el 30-6-2022, se limita la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda. El arrendatario puede negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta.

El incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes, sin que, en caso de que el arrendador sea un gran tenedor, pueda exceder del resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de dicha actualización, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato

Bono social

Se prorrogan hasta el 30-6-2022 los descuentos del bono social aplicables a los consumidores domésticos de energía eléctrica.

 

 



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