PRORROGA DE MEDIDAS PARA HACER FRENTE A LA VULNERABILIDAD SOCIAL Y ECONOMICA

El RDL 11/2021, publicado en el BOE del 26/06/2022, prorroga las medidas previstas en el RDL 6/2022 e incorpora otras nuevas  adecuadas para hacer frente a la actual coyuntura derivada de la invasión de Ucrania.  A destacar:

FISCALIDAD

Se prorrogan hasta el 31-12-2022, a efectos tributarios, las siguientes medidas:

♦ La aplicación el tipo mínimo del 0,5% en el Impuesto Especial sobre la electricidad.

♦ La aplicación del tipo impositivo del 4% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables.

Con efectos desde el 01-07-2022 y hasta el 31-12-2022, se aplicará el tipo de 5% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica a favor de:

♦ Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 KW, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes  natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado 45 €/MWh.

♦ Titulares de contratos de suministro de electricidad perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

 

LABORAL

En esta materia se prorrogan las siguientes medidas:

♦ Hasta el 31-12-2022, las empresas beneficiarias de ayudas directas o las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos del art. 47 del Estatuto de los Trabajadores a consecuencia de las distorsiones económicas en las empresas producidas por la invasión de Ucrania o el aumento de los precios o costes energéticos, no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

♦ Se prevé un incremento del importe del ingreso mínimo vital correspondiente a los meses de abril a diciembre de 2022 mediante la aplicación de un porcentaje del 15% al importe reconocido en cada caso.

♦ Desde el 01-07-2022 hasta el 31-12-2022, se establece un incremento extraordinario del 15% sobre el importe que corresponda percibir a cada beneficiario en esos periodos, de las pensiones de jubilación e invalidez del sistema de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva.

TRANSPORTE

Bonificación en carburantes
 

Se prorroga la bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público de determinados productos energéticos y aditivos. Las personas y entidades que adquieran productos energéticos y aditivos (gasolina, gasóleo, bioetanol, biodiesel…) entre 1-4-2022 y 31-12-2022, serán beneficiarios de una bonificación de 0,20 euros sobre el precio de venta al público.

Reducción del precio de abonos transporte

Se establece un sistema de ayudas directas, correspondiente al ejercicio 2022, para la concesión de apoyo financiero a las CCAA y entidades locales que presten servicio de transporte colectivo urbano o interurbano, que se comprometan a implantar una reducción del precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, de los servicios de transporte terrestre de su competencia, en un porcentaje de un 30% respecto al vigente a 27-6-2022, para el periodo comprendido entre 1-9-2022 y 31-12-2022.
El precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros S.M.E. S.A., que se vendan entre 1-9-2022 y 31-12-2022, tendrán un descuento del 50%. También gozarán de este descuento los títulos multiviajes de más de dos viajes, excluido, por tanto, el billete de ida y vuelta, en las concesiones de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Administración General del Estado, que a 27-6-2022 estén ofreciendo a sus clientes.
 
Revisión del precio del transporte por carretera

Hasta 31-12-2022, se modifica la fórmula aplicable para la revisión del precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del combustible.


Facturación

Se establece la obligación de reflejar, de manera desglosada,, en todas las facturas referidas a transportes por carretera realizados entre 1-7-2022 y 31-12-2022, el coste del combustible necesario para la realización del mismo.
 
Esta obligación solo será aplicable en los contratos de transporte que tengan por objeto un único envío.
 
OTRAS MEDIDAS
 
Arrendamientos

Hasta el 31-12-2022, se limita la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda. El arrendatario puede negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta.

El incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes, sin que, en caso de que el arrendador sea un gran tenedor, pueda exceder del resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de dicha actualización, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato.

Desahucios

Se prorroga hasta 31-12-2022, la suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares o personas vulnerables sin alternativa habitacional y para aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal.

Los propietarios y arrendadores afectados por la suspensión podrán solicitar una compensación cuando la administración competente, en los tres meses siguientes a la fecha en que se emita el informe de los servicios sociales señalando las medidas adecuadas para atender la situación de vulnerabilidad acreditada facilitando el acceso de las personas vulnerables a una vivienda digna, no hubiera adoptado tales medidas.
La compensación podrá solicitarse hasta el 31-1-2023 y consistirá en el valor medio que correspondería a un alquiler de vivienda en el entorno en que se encuentre el inmueble, determinado a partir de los índices de referencia del precio del alquiler de vivienda u otras referencias objetivas representativas del mercado de arrendamiento, más los gastos corrientes de la vivienda que acredite haber asumido el arrendador, por el período que medie entre que se acordare la suspensión y el momento en el que la misma se levante por el Tribunal o hasta el 31-12-2022. No obstante, si dicho valor fuera superior a la renta que viniera percibiendo el arrendador, la compensación consistirá en renta dejada de percibir durante el mismo período señalado anteriormente más los gastos corrientes.

 
Bono social

Se prorrogan hasta el 31-12-2022 los descuentos del bono social aplicables a los consumidores domésticos de energía eléctrica.

Protección al consumidor

Hasta 31-12-2022 inclusive, no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.

Ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio

Se aprueba una ayuda, en pago único, de 200 euros, para las personas físicas que a 27-6-2022 realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o sean desempleados inscritos en la oficina de empleo, sean beneficiarios o no de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2021 hubieran percibido ingresos inferiores a 14.000 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales

 
Industria gas intensiva

Se aprueba una línea de ayudas directas a la industria intensiva en consumo de gas, correspondientes a 2022. Los beneficiarios serán las empresas o autónomos, que tengan domicilio fiscal en territorio español, que hayan realizado durante 2021 al menos una de las actividades previstas en los siguientes Códigos CNAE y continúen en su ejercicio en el momento de la solicitud:
 
 
Cód. CNAE Título CNAE
133   Acabado de textiles.
089   Industrias extractivas n.c.o.p.
239   Fabricación de productos abrasivos y productos minerales no metálicos n.c.o.p.
201   Fabricación de productos químicos básicos.
241   Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones.
234   Fabricación de otros productos cerámicos.
235   Fabricación de cemento, cal y yeso.
244   Producción de metales preciosos y de otros metales no férreos.
203   Pinturas, barnices, tintas de imprenta y masillas.
El importe de las ayudas para cada beneficiario consistirá en una cantidad, dependiendo de su CNAE, multiplicada por su número de empleados que consten dados de alta en la Seguridad Social a fecha 15-6-2022, con una cuantía bruta máxima de 400.000 euros, es decir, antes de impuestos y otras retenciones. La cantidad por empleado en cada CNAE será 2.600 euros.
 
 


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