SUBVENCION PARA INVERSIONES EN EQUIPAMIENTOS POST COVID EN ESTABLECIMIENTOS HOSTELEROS

Subvenciones para inversiones en equipamientos Post Covid de los establecimientos hosteleros (restaurante, bares, hoteles,…).(TU503E).

Enlace a la normativa:

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20211006/AnuncioG0256-041021-0001_es.html

Plazo de presentación

Hasta el 08/11/2021

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas (incluye autónomos que cumplan la condición de pequeña empresa) del sector de la hostelería que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en Galicia.

Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (en adelante, REAT)

A los efectos de estas ayudas se consideran dentro del sector de la hostelería los hoteles, hostales, casas
rurales, albergues turísticos y otros tipos de alojamientos, además de restaurantes, bares y otros
establecimientos de restauración, recogidos en los capítulos IV y V de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del
turismo de Galicia.

Proyectos Objetos de apoyo

  1. Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto contribuir a la modernización y a la mejora de la competitividad de los establecimientos hosteleros mediante la realización de inversiones en equipamientos post covid.

      Se considerarán actuaciones subvencionables todas aquéllas que se desarrollen entre el 1 de enero y el

      30 de noviembre de 2021. En ningún caso se admitirán ni facturas ni justificantes de pago anteriores a dicha fecha

  1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.

Gastos subvencionables e importe máximo de la subvención por entidad solicitante.

  1. Se consideran gastos subvencionables aquéllos en los que incurriera la entidad solicitante hasta el 30 de noviembre de 2021 con respecto a los conceptos siguientes:
  • Sistemas domóticos, control de distancias, optimización de procesos, puertas y consignas automáticas, controles de acceso, renovación de aire, sistemas de climatización y softwares de control asociados.
  • Sistemas de chekin-in automáticos.
  • Cartelera, rotulación, señalización y actuaciones vinculadas con la misma.
  • Equipamiento, directo o indirecto, que pueda servir de apoyo o difusión en el control de la pandemia (medidores de CO2, ionizadores, dispensadores, etc.).
  • Reformas orientadas a la creación de espacios que sugieran mayor amplitud (colores claros, incorporación de espejos, etc.).
  • Envoltorios y material de un solo uso. El total de gastos destinados a este concepto no podrá superar el 10 % de los gastos totales subvencionables.
  • Procesos de desinfección y desinfección recurrente realizados por empresas externas con motivo de la COVID, que no tengan la consideración de gastos de limpieza común.
  • Nuevo equipamiento de higienizado y lavado.
  • Nuevo equipamiento para nuevos productos, presentaciones o métodos de conservación.
  • Equipamiento multiservicio.

     Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, para el contrato menor, la persona beneficiaria deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la prestación del servicio o entrega del bien, excepto que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de proveedores

Importe subvencionable

El importe de la subvención será del 90 % para un gasto subvencionable, de hasta un máximo de 50.000 euros por persona beneficiaria.

Documentación complementaria a presentar

Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud (anexo II) la siguiente documentación:

  1. a) Acreditación de la representatividad suficiente para actuar en el nombre de la entidad solicitante.
  2. b) Documentación acreditativa de la propiedad del inmueble o cualquier otro título que autorice la realización de la inversión solicitada, en el caso de inversiones materiales.
  3. c) Memoria explicativa en la que se defina de manera pormenorizada la inversión y las actuaciones que se van a desarrollar.
  4. d) Presupuesto de la inversión desglosada por partidas en el que se especificará el importe de la ejecución.
  5. e) Documentación oficial que acredite los empleados de la empresa solicitante en el momento de la solicitud.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



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