AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO EN ECONOMÍA SOCIAL (PROGRAMA APROL-ECONOMÍA SOCIAL)  – TR802G, TR802J –  DOG núm. 20 de martes 29  de enero de 2019. Pinche en el siguiente enlace

PROGRAMA I. FOMENTO DEL EMPLEO EN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES

  • Sociedades cooperativas y sociedades laborales que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo con carácter indefinido, las siguientes personas:
  1. ​Personas que en el momento de la incorporación sean desempleadas inscritas como demandantes de empleo
  2. Personas que en el momento de su incorporación estén vinculadas a la cooperativa o sociedad laboral por un contrato de trabajo temporal
  3. Personas que en el momento de su incorporación sean socias a prueba de la  cooperativa a la que se incorporan, siempre y cuando estuviesen desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el momento de incorporarse como tales personas socias a prueba.
  • ​Cooperativas y sociedades laborales que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo a prueba, personas menores de 30 años que en el momento de su incorporación entes desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
  • Por cada persona que se incorpore con carácter indefinido a jornada completa: 6.000 € la cual se incrementará en un 25% cuando la persona incorporada es una mujer; cuando la persona incorporada tenga una discapacidad o se encuentre en situación o riesgos de exclusión social, cuando la persona tenga más de 45 años, cuando la persona incorporada tenga la condición de emigrante retornada, cuando la persona tenga la condición de trans, cuando el centro de trabajo esté situado en un ayuntamiento rural, cuando se trate de una cooperativa juvenil
  • ​Por cada persona joven incorporada como persona socia trabajadora o de trabajo a prueba la ayuda será de 600 € al mes, por un período de entre 6 y 12 meses
  • Plazo de presentación: Hasta el 1 de octubre de 2019

 

PROGRAMA II. FOMENTO DEL ACCESO A LA CONDICIÓN DE PERSONA SOCIA

  • Personas  que accedan a la condición de persona socia trabajadora o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral con carácter indefinido y que cumplan los siguientes requisitos:
  1. ​Ser persona desempleada inscrita como demandante de empleo
  2. Ser persona socia a prueba de la cooperativa a la cual se incorpora
  3. Ser persona asalariada de la cooperativa o sociedad laboral a la cual se incorpora
  4. Ser persona asalariada de una empresa que se transforme en una cooperativa o sociedad laboral, siempre que no tengan la condición de socias de la empresa transformadora.
  5. Ser persona socia trabajadora o de trabajo de una cooperativa o sociedad laboral a tiempo parcial que acceda a la misma condición a tiempo completo.
  • ​Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo que emprendan una actividad por cuenta propia y se incorporen en una cooperativa como personas socias con carácter indefinido, con compromiso de exclusividad, para comercializar sus productos, obtener suministraciones, servicios y la asistencia técnica que sea necesaria.
  • Para las personas beneficiarias indicadas en los puntos 1,2,3,4 la ayuda será de 6.000 €
  • Para las personas beneficiarias indicadas en el punto 5 la ayuda será de 3.000 €

​Estas cuantías serán incrementadas en un 25%  cuando la persona incorporada es una mujer; cuando la persona incorporada tenga una discapacidad o se encuentre en situación o riesgos de exclusión social, cuando la persona tenga más de 45 años, cuando la persona incorporada tenga la condición de emigrante retornada, cuando la persona tenga la condición de trans, cuando el centro de trabajo esté situado en un ayuntamiento rural, cuando se trate de una cooperativa juvenil

  • Plazo de presentación: Hasta el 1 de octubre de 2019


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